Números 35:1
Y Jehová habló a Moisés en los campos de Moab, junto al Jordán frente a Jericó, diciendo:
Números 35:2
Manda a los hijos de Israel, que den a los levitas de la posesión de su heredad ciudades en que habiten: También daréis a los levitas ejidos de esas ciudades alrededor de ellas.
Números 35:3
Y tendrán ellos las ciudades para habitar, y los ejidos de ellas serán para sus animales, y para sus ganados, y para todas sus bestias.
Números 35:4
Y los ejidos de las ciudades que daréis a los levitas, serán mil codos alrededor, desde el muro de la ciudad para afuera.
Números 35:5
Luego mediréis fuera de la ciudad a la parte del oriente dos mil codos, y a la parte del sur dos mil codos, y a la parte del occidente dos mil codos, y a la parte del norte dos mil codos, y la ciudad en medio: esto tendrán por los ejidos de las ciudades.
Números 35:6
Y de las ciudades que daréis a los levitas, seis ciudades serán de refugio, las cuales daréis para que el homicida se refugie allá; y además de éstas daréis cuarenta y dos ciudades.
Números 35:7
Todas las ciudades que daréis a los levitas serán cuarenta y ocho ciudades; ellas con sus ejidos.
Números 35:8
Y las ciudades que diereis de la heredad de los hijos de Israel, del que mucho tomaréis mucho, y del que poco tomaréis poco; cada uno dará de sus ciudades a los levitas según la posesión que heredará.
Números 35:9
Y habló Jehová a Moisés, diciendo:
Números 35:10
Habla a los hijos de Israel, y diles: Cuando hubiereis pasado el Jordán a la tierra de Canaán,
Números 35:11
os señalaréis ciudades, ciudades de refugio tendréis, donde huya el homicida que hiriere a alguno de muerte por yerro.
Números 35:12
Y os serán aquellas ciudades por refugio del pariente, y no morirá el homicida hasta que esté a juicio delante de la congregación.
Números 35:13
De las ciudades, pues, que daréis, tendréis seis ciudades de refugio.
Números 35:14
Tres ciudades daréis a este lado del Jordán, y tres ciudades daréis en la tierra de Canaán; las cuales serán ciudades de refugio.
Números 35:15
Estas seis ciudades serán para refugio a los hijos de Israel, y al peregrino, y al que morare entre ellos, para que huya allá cualquiera que hiriere de muerte a otro por yerro.
Números 35:16
Y si con instrumento de hierro lo hiriere y muriere, homicida es; el homicida morirá:
Números 35:17
Y si con piedra de mano, de que pueda morir, lo hiriere, y muriere, homicida es; el homicida morirá.
Números 35:18
Y si con instrumento de palo de mano, de que pueda morir, lo hiriere, y muriere, homicida es; el homicida morirá.
Números 35:19
El pariente del muerto, él matará al homicida: cuando lo encontrare, él le matará.
Números 35:20
Y si por odio lo empujó, o echó sobre él alguna cosa por asechanzas, y muere;
Números 35:21
o por enemistad lo hirió con su mano, y murió: el heridor morirá; es homicida; el pariente del muerto matará al homicida, cuando lo encontrare.
Números 35:22
Mas si casualmente lo empujó sin enemistades, o echó sobre él cualquier instrumento sin asechanzas,
Números 35:23
o bien, sin verlo, hizo caer sobre él alguna piedra, de que pudo morir, y muriere, y él no era su enemigo, ni procuraba su mal;
Números 35:24
entonces la congregación juzgará entre el heridor y el pariente del muerto conforme a estas leyes:
Números 35:25
Y la congregación librará al homicida de mano del pariente del muerto, y la congregación lo hará volver a su ciudad de refugio, en la cual se había refugiado; y morará en ella hasta que muera el sumo sacerdote, el cual fue ungido con el aceite santo.
Números 35:26
Y si el homicida saliere fuera del término de su ciudad de refugio, en la cual se refugió,
Números 35:27
y el pariente del muerto le hallare fuera del término de la ciudad de su refugio, y el pariente del muerto al homicida matare, no se le culpará por ello:
Números 35:28
Pues en su ciudad de refugio deberá aquél habitar hasta que muera el sumo sacerdote: y después que muriere el sumo sacerdote, el homicida volverá a la tierra de su posesión.
Números 35:29
Y estas cosas os serán por ordenanza de derecho por vuestras edades, en todas vuestras habitaciones.
Números 35:30
Cualquiera que hiriere a alguno, por dicho de testigos, morirá el homicida: mas un solo testigo no hará fe contra alguna persona para que muera.
Números 35:31
Y no tomaréis precio por la vida del homicida; porque está condenado a muerte: mas indefectiblemente morirá.
Números 35:32
Ni tampoco tomaréis precio del que huyó a su ciudad de refugio, para que vuelva a vivir en su tierra, hasta que muera el sacerdote.
Números 35:33
Y no contaminaréis la tierra donde estuviereis: porque esta sangre amancillará la tierra; y la tierra no será expiada de la sangre que fue derramada en ella, sino por la sangre del que la derramó.
Números 35:34
No contaminéis, pues, la tierra donde habitáis, en medio de la cual yo habito; porque yo Jehová habito en medio de los hijos de Israel.